A- de 2016
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Yimy Alexander Pantoja Y Otro·Demandado Policia Departamental De Nariño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Lugar donde ocurrió amenaza o vulneración de derechos fundamentales o donde se produjeron sus efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de la misma ciudad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Para la Corte, no se presentó ni de forma aparente un conflicto negativo de competencia, toda vez que el precitado Tribunal se equivocó al declararse incompetente con fundamento en el Decreto 1382 de 2000, por cuanto las reglas contenidas en dicha norma son de reparto de la acción de tutela, más no directrices que definan la competencia de los despachos judiciales.
Se dirime la controversia ordenando la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 11 de mayo de 2016 proferido por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, dentro de la acción de tutela formulada por Yimy Alexander Pantoja y Geovanny Arley López Toro contra la Policía Departamental de Nariño.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2481 a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto que contiene la acción de tutela presentada por los señores Yimy Alexander Pantoja y Geovanny Arley López Toro, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y al Juzgado 3º Laboral del Circuito de Pasto, la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.